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Depósitos en efectivo serán vigilados por el SAT

Depósitos en efectivo serán vigilados por el SAT

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Depósitos en efectivo

Depósitos en efectivo mayores a $15,000 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá tomar cartas en el asunto. Esto debido a que se deben declarar, de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Regla 3.5.13.

El SAT detalla que las Instituciones del Sistema Financiero deberán declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones. Toda vez que el monto mensual acumulado exceda los 15 mil pesos mexicanos. En ese mismo sentido, también aplicará respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja. Se tienen como período máximo hasta el día 10 del mes en curso por medio de la forma electrónica IDEM (Declaración mensual de depósitos en efectivo).

La información a que se refiere esta regla se proporcionará a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.

¿Cuáles son específicamente los depósitos en efectivo que se investigarán?

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¿Cuáles son específicamente los depósitos en efectivo que se investigarán?

 

El SAT señala que no todos los depósitos en efectivo que sobrepasen los$15 mil pesos deben ser investigados; por este proceso sólo pasarán aquellos depósitos realizados en moneda nacional y a nombre de una persona.

Transferencias electrónicas, traspasos de cuentas y títulos de crédito no será considerados como depósitos en efectivo.

 

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¿Debes pagar impuestos por los depósitos en efectivo?

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¿Debes pagar impuestos?

De acuerdo a la Ley del Ingreso Sobre la Renta (LISR), se debe pagar ISR por los ingresos que los residentes de México tengan. Con independencia del origen de éstos, así como por los ingresos de los extranjeros originados en el país.

La ley contempla algunos ingresos por los que no se tiene que pagar ISR, como las prestaciones de seguridad social, los provenientes de cajas de ahorro, los viáticos y los donativos que el contribuyente reciba de su cónyuge, padres o hijos, entre otros. Sin embargo, no se paga ISR por este tipo de ingresos porque la excepción está expresada explícitamente en la ley, y no por su carácter como ingresos en efectivo.

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