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Matrimonio igualitario en Yucatán y leyes secundarias son aprobadas

Matrimonio igualitario en Yucatán y leyes secundarias son aprobadas

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Matrimonio igualitario en Yucatán y leyes secundarias son aprobadas

El Congreso del estado aprobó de manera unánime las modificaciones a las leyes secundarias. Con lo cual el matrimonio igualitario en Yucatán fue aprobado.

En sesión del pleno del legislativo, las siete fuerzas políticas dieron su voto a favor para modificar la Ley del Registro Civil y el Código de Familia. Con lo que se concluye el establecimiento del llamadoMatrimonio igualitario en Yucatán. Cuya aprobación inicial ocurrió en agosto del año pasado.

Legisladores aseguran que se mantiene el precepto de familia sin distinción de géneros y en defensa de los derechos humanos.

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Matrimonio igualitario en Yucatán un realidad 

Matrimonio igualitario en Yucatán un realidad 

Por su parte la promotora de esta iniciativa, Vida Gómez Herrera, representante de Movimiento Ciudadano.  Celebró que esta aprobación fuera en el marco de este Día de la Cero Discriminación. Ya que “las modificaciones constitucionales que aprobó la legislatura anterior bajo la presión social no fueron suficientes”, ya que modificaban la Constitución y dejaban a un lado las leyes secundarias que continuaban limitando el derecho.

A la sesión asistieron promotores del matrimonio igualitario en Yucatán, e indicaron que las reformas no vulneran, ni afectan a la familia como una institución, y que con ello hacen a un lado la discriminación a personas del mismo sexo que desean formar una familia.

Manuela Cocom Bolio, diputada del PAN, dijo que las reformas son congruentes con lo que han dicho en la legislatura de Yucatán, ya que muestran la apertura y deseo de cooperación de los diputados locales.

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La modificación aprobada comprende los artículos 10, 49 y 91 del Código de Familia de Yucatán. Dentro de los que se encuentra la concepción de familia, la posibilidad de la unión de dos personas del mismo sexo. Así como la figura del concubinato en este mismo tenor.

También se reformaron los artículos 22, 26 y 64 de la Ley del Registro Civil, relacionados con la identidad y nombres de los contrayentes de matrimonio.

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